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Consultoría de formación empresarial

Los trabajadores en ERTE tendrán hasta 425€ para formarse

Los trabajadores en ERTE tendrán hasta 425€ para formarse

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Durante el mes de octubre, todas las empresas que tengan trabajadores en ERTE y/o quieran acogerse a uno, podrán solicitar este crédito formativo. Además todas las empresas que formen a sus trabajadores, tendrán exoneraciones del 80%, al contrario de si no dan formación, ya que dicha exención de cuota baja al 50% en empresas de menos de 10 trabajadores y 40% en las mayores.
Algunas dudas han quedado despejadas sobre cómo deben ser estas formaciones, siendo una de las cuestiones que más rechazaba la patronal y sindicatos al reconocer dificultad en su puesta en marcha. Aquí se despejan algunas :

¿Para recibir las mayores exoneraciones de cuotas, que empresas deben formar a sus trabajadores?

Todas las empresas que en el mes de octubre soliciten la prorroga de los expedientes vinculados a la pandemia, además de las que estén en ERTE por impedimento o limitaciones de sus actividades.

¿Qué formaciones debe facilitar la empresa?

Cualquier tipo de formación recogida en la Ley 30/2015, es decir, la formación bonificada.

¿Cómo se pagan los cursos?

La financiación de estas formaciones irá a cargo de una aportación extraordinaria del Servicio Público de Empleo Estatal. Las empresas canalizaran el coste a través de «un incremento del crédito para la financiación de acciones en el ámbito de la formación programada». Es decir, las empresas que den formación verán aumentado su crédito – según lo que están pagando por la cuota de formación- de la siguiente forma:

  • Empresas de 1 a 9 personas = 425 euros por empleado
  • Empresas de 10 a 49 personas = 400 euros por empleado
  • Empresas de más de 50 empleados = 320 euros por empleado

¿Debe estar relacionada la formación con la actividad de la empresa?

No, aunque si se priorizarán las acciones para atender a las «necesidades reales» de la empresa y a los trabajadores, estando incluidas las dirigidas a la empleabilidad del trabajador y su capacitación digital, aunque estas no tengan relación directa con la actividad de la empresa.

¿Existe un plazo para realizar las formaciones?

Si, estas formaciones deben realizarse hasta el 30 de junio de 2022

¿Cómo comprobará la Seguridad Social, si efectivamente la empresa ha realizado las formaciones por las que solicita exoneración?

La SS comunicará al SEPE la relación de trabajadores por empresa en los que se ha aplicado el 80% de exoneración entre el 1 de noviembre y el 28 de febrero. Será posteriormente cuando el SEPE comprobara si se ha realizado la formación. En caso de no realizarse, se informara para que se inicie un expediente sancionador y liquidatario.

¿Cuál es el mínimo de horas que debe cumplirse?

Sólo existe un mínimo de horas para empresas a partir de 10 trabajadores en plantilla, siendo las siguientes:

  • Empresas de 1 a 9 personas = sin mínimo de horas
  • Empresas de 10 a 49 personas = 30 horas de formación por empleado
  • Empresas de más de 50 empleados = 40 horas de formación por empleado

Para cualquier información adicional, no dudes en contactar con El Siete, donde te podremos asesorar y gestionar las formaciones necesarias para poder beneficiarte de este nuevo crédito formativo.

 

 

 

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Enric Francesc Oliveras

Director de proyectos y sueños en el siete, siempre innovando y trabajando para traer ideas nuevas y crear nuevas oportunidades de desarrollo.

Formador, consultor y coach consultor para el desarrollo de estrategías de gestión empresarial, tanto a nivel de marketing, como de evolución de las habilidades blandas, líderazgo y comunicación tanto personal como laboral

Trabaja ayudando a las personas a definir e implantar modelos de crecimiento personal y empresarial.

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