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Consultoría de formación empresarial

Plan de igualdad

Alcanza la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres

¿Qué es un Plan de Igualdad?

Un Plan de Igualdad tiene como objetivo alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo.

Para ello, se analiza la situación de partida y establecen unas conclusiones. En base a esta realidad se establecen objetivos a desarrollar mediante estrategias y acciones concretas.

Igualmente se deben establecer los sistemas eficaces para el seguimiento y evaluación durante su implantación.

“Conjunto de medidas ordenadas y evaluables dirigidas a limitar os obstáculos que impidan o pongan dificultades a la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.” (Art. 46.2)»

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Ventajas de un plan de igualdad

Elaborar un Plan de Igualdad tiene numerosas ventajas tanto para empresas que están obligadas a tenerlo como para aquellas que no.

Clima laboral

Cree un mejor ambiente laboral y aumente la productividad con un entorno libre de discriminación por razón de sexo o edad.

Subvenciones

Existen ayudas públicas para la implantación de medidas relacionadas con la flexibilidad y la conciliación que se puedan incluir en el plan de igualdad.

Concursos públicos

Si su empresa se presenta a licitaciones de las Administraciones Públicas, contar con el plan de igualdad le ayudará a obtener una mayor puntuación y otros beneficios.

Distintivo del Ministerio de Igualdad

El plan de igualdad es un paso más para poder conseguir el distintivo “Igualdad en la Empresa” (DIE), una marca de excelencia que reconoce a las empresas y entidades que destaquen en el desarrollo de políticas de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.

Cómo elaboramos tu Plan de Igualdad en El siete

Plan de Igualdad: Igualdad de Oportunidades en Empresas

Diagnostico

Mediante una sesión de nuestro experto, llevamos a cabo un análisis previo sobre la situación de tu empresa en materia de igualdad para realizar el diagnóstico.

Plan de Igualdad: Igualdad de Oportunidades en Empresas

Elaboracion

Elaboramos el Plan de Igualdad adaptado a las necesidades de tu empresa, en el que detallamos objetivos y acciones a realizar.
Paralelamente el personal de la empresa realiza un curso online de 4h. mediante el cual aprende las particularidades de la ley.

Plan de Igualdad: Igualdad de Oportunidades en Empresas

Implantación

Te ayudamos en la comunicación y el registro a nivel estatal, del Plan de Igualdad para que pueda ejecutar las acciones incluidas en él.

¿Qué es un plan de Igualdad?

Se refiere a un conjunto de medidas planificadas y organizadas que se llevan a cabo después de realizar un análisis de la situación actual, con el objetivo de lograr la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres dentro de una empresa, y eliminar cualquier forma de discriminación basada en el género.

¿Quien esta obligado a tener un Plan de Igualdad?

A partir del 7 de marzo de 2022, todas las empresas con más de 50 trabajadores. En caso de ser menos, sólo están obligadas a tener un Protocolo contra el acoso laboral

¿Cómo se construye un Plan de Igualdad?

Te ayudamos desde la constitución de la Comisión Negociadora de Igualdad, nuestro acompañamiento en todo el proceso, que incluye la recopilación y análisis de información, la elaboración del Plan de Igualdad y la implementación de acciones positivas para lograr la igualdad de oportunidades.

Además, proporcionamos formación a la Comisión de Igualdad para garantizar su correcto funcionamiento.

Imprescindibles según RD 901 y 902/2020

Se debe asegurar que la organización cumple con el principio de Igualdad retributiva, es por ello que tanto la Auditoría Retributiva como la Valoración de puestos de trabajo con Perspectiva de genero se han analizado, permitiendo identificar las pequeñas desviaciones e iniciar un plan de acción.

Valoración de los puestos de trabajo

La valoración de puestos de trabajo es el proceso utilizado para establecer el ¨valor¨ que un puesto de trabajo tiene respecto al conjunto de los puestos en la empresa.Esta valoración se centra directamente en el mismo puesto de trabajo, de forma independiente al titular que lo ocupe.

¿Qué es la Auditoría Retributiva?

La auditoría retributiva tiene por objeto la obtención y proporción de la información recional suficiente y adecuada sobre la aplicación efectiva del principio de igualdad a modo de prevenir situaciones de riesgo discrimatorio.

Servicio de implantación en El Siete

Plan de Igualdad: Igualdad de Oportunidades en Empresas

Elaboración de Plan de Igualdad:

  • Adaptado a la normativa vigente.
  • Acompañamiento en todo el proceso (compromiso,
    constitución comisión negociadora, diagnóstico, redacción
    Plan de Igualdad, aprobación y registro).

Formación plantilla:

  • Modalidad: online
  • Dirigido a: plantilla en general
  • Duración: 4 horas
  • Objetivo: Informar a toda la plantilla sobre la realización y el proceso de implantación del Plan de Igualdad en la empresa y conocimiento de la ley
Plan de Igualdad: Igualdad de Oportunidades en Empresas
Plan de Igualdad: Igualdad de Oportunidades en Empresas

Auditoría salarial: análisis y diagnóstico

Es un estudio de las diferencias salariales existentes entre hombres y mujeres siguiendo el sistema de clasificación profesional existente en la empresa y las agrupaciones de puestos de igual valor.

La información retributiva incluirá promedio y mediana de cada categoría y/o agrupación de puestos desagregada por sexo.

Debe incluir una valoración de puestos de trabajo cuyo objetivo será determinar la importancia y valor de cada una de las posiciones que son necesarias para un correcto funcionamiento de la compañía a la vez que nos permite establecer una política retributiva coherente y objetiva

Mediante la auditoría se comprueba si el sistema retributivo de la empresa cumple con el principio de igualdad retributiva para, en su caso, desarrollar un plan de actuación para corregir posibles desequilibrios.

Debe incluirse en el diagnóstico de situación de todas las empresas que negocien e implanten un plan de igualdad para adecuarse a la normativa vigente sobre el principio de transparencia salarial e igualdad retributiva. (Real Decretos 901/2020 y 902/2020 ).

Preguntas Frecuentes

Sí, las empresas que no elaboren e implementen un Plan de Igualdad cuando la ley les obliga a ello estarían cometiendo una infracción grave, que acarrea multas de entre 626 y 6.250 euros, o muy graves, con multas que van desde los 6.251 euros a los 187.515 euros.

Aunque las sanciones por infracción grave referida a los supuestos de discriminación directa o indirecta por razón de sexo, se pueden sustituir por la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad en la empresa, siempre y cuando así lo determine la autoridad laboral competente.

Aparte de las multas económicas, las empresas también perderían el acceso a ayudas, bonificaciones, subvenciones y cualesquiera beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, con efectos desde la fecha en la que se cometió la infracción. Así como la exclusión automática del acceso a tales beneficios durante 6 meses.

El tiempo para elaborar e implementar el Plan de Igualdad puede oscilar entre uno o tres meses, dependiendo de la empresa y la disposición de esta a facilitar los datos e información necesarios para hacer un adecuado diagnóstico en las materias que la Ley obliga a evaluar, así como de la relación entre la dirección y los representantes de los trabajadores, quienes tienen que negociar y acordar el diagnóstico de situación y el plan de actuación.

La Ley indica que el Plan de Igualdad deberá contener al menos las siguientes materias:

  • Proceso de selección y contratación
  • Clasificación profesional
  • Formación
  • Promoción profesional
  • Condiciones de trabajo
  • Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral
  • Infrarrepresentación femenina
  • Retribuciones
  • Prevención del acoso sexual y por razón de sexo

Para negociar el Plan de Igualdad es necesario crear una comisión negociadora del Plan de Igualdad, que estará formada por representantes de la empresa y representantes legales de los trabajadores (delegados o comité de empresa) o secciones sindicales en su defecto.

Será necesario reunirse con la comisión al menos dos veces; una para elaborar, y en su caso aprobar o no, el diagnóstico de situación, y otra para elaborar, y en su caso aprobar o no, el plan de actuación.